Parece necesario volver a la “Madre del Cordero”, como se dice coloquialmente, al origen del asunto. No estaríamos en este intríngulis, si la Asamblea Constituyente hubiera cumplido su trabajo. Entre otros muchos, la Iglesia realizó 16 observaciones al proyecto de Constitución aprobado en Oruro, al considerar que no expresaba un verdadero pacto social, sugiriendo ajustes. A ellos se sumaban las observaciones de los municipios, cuya fundamentación, demostraba la inviabilidad de muchos temas de fondo.
La propuesta de Estatutos Autonómicos, sin referente nacionales claros por la obstrucción del gobierno del MAS, encuentra una explicación natural.
Para colocar las observaciones en contexto, estas son alguna de las materias:
a) Bolivia tiene una población de 9.627.269 habitantes
b) La extensión es de 1.098.585 km2
c) El Estado reconoce 37 idiomas oficiales; 36 idiomas indígena originario campesinos y el castellano. Todas los servidores públicos están obligados a hablar dos.
d) La organización territorial reconoce 10 entidades territoriales:
i. 5 Departamentos Descentralizados
ii. 4 Departamentos Autónomos
iii. 112 Provincias Autónomas
iv. 329 Municipios Autónomos
v. Autonomías indígena originario campesinos Autónomos (por constituirse)
vi. Regiones Autónomas (por constituirse)
vii. Territorios Indígena Originario Campesino, convertidos en Municipio Indígena Originario Campesino. (por constituirse)
viii. Municipios y territorios Indígena Originario Campesino, convertidos en Región Indígena Originario Campesino. (por constituirse)
ix. Municipio Campesino Autónomo. (por constituirse)
x. Cualquiera de las anteriores, convertidas en Región Provincial Indígena Originario Campesino (por constituirse)
e) Todas las autoridades de las entidades territoriales autónomas que tengan característica Indígena Originario Campesino serán elegidas y elegidos de acuerdo con sus normas y procedimientos propios.
f) Las entidades territoriales autónomas no están subordinadas entre sí y tienen igual rango constitucional
g) Las entidades autónomas poseerán elección directa de sus autoridades, facultades normativo-administrativa, fiscalizadora, ejecutiva y técnica.
h) La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales Indígena Originario Campesino se hará por voluntad de sus habitantes.
i) La autonomía Indígena Originario Campesino administra justicia según sus usos y costumbres, constituyéndose en la única instancia dirimidora, sin recurso alguno posterior.
j) La autonomía Indígena Originario Campesino posee mayores competencias que el Departamento Autónomo.
k) El Órgano Legislativo se denomina Asamblea Legislativa Plurinacional, compuesta por la Cámara de Diputados y la Cámara de Representantes Departamentales.
l) La Cámara de Diputados estará conformada por 121 miembros elegidos y elegidas con base en criterios territoriales y poblacionales, en circunscripciones uninominales. Los escaños se asignarán a través de un sistema de mayoría relativa.
m) La Cámara de Representantes Departamentales estará conformada por cuatro representantes por Departamento, elegidos y elegidas por circunscripción plurinominal departamental, asignadas y asignados mediante sistema de representación proporcional.
n) La distribución del número de circunscripciones uninominales, así como la delimitación territorial de éstas, será determinada por ley, que tendrá en cuenta el número de habitantes establecido en el último censo estatal, con base en los criterios de extensión territorial, continuidad geográfica y afinidad cultural.
o) La ley determinará las circunscripciones especiales Indígena Originario Campesino, donde no deberán ser considerados como criterios condicionales la densidad poblacional, los límites departamentales ni la continuidad geográfica.
p) Bolivia se define como Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, autonómico y descentralizado, independiente, soberano, democrático e intercultural.
Aquí está la génesis de la situación. Sus consecuencias, son las que estamos viviendo.
Carlos Hugo